El Registro de Empresas Acreditadas (REA) tiene como objetivo el acreditar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales. Toda empresa que pretenda ser contratada o subcontratada para trabajos en una obra de construcción, deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domicilio social de la empresa. A partir del día 26 de agosto de 2008 las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra, deberán acreditar que sus empresas contratistas o subcontratistas están inscritas en el Registro, solicitando para ello un certificado de inscripción.
Este registro es obligatorio para todas las empresas que pretendan ser contratadas o subcontradas en una obra de construcción, para cualquier autónomo que tengan contratado a personal, promotores que tengan la consideración de contratistas y también para empresas que realicen actividades de construcción aunque pertenezcan a otro sector productivo.
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Este registro es obligatorio para todas las empresas que pretendan ser contratadas o subcontradas en una obra de construcción, para cualquier autónomo que tengan contratado a personal, promotores que tengan la consideración de contratistas y también para empresas que realicen actividades de construcción aunque pertenezcan a otro sector productivo.
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